jueves, 28 de mayo de 2015

INCIDENTES EN UN CAFÉ DE SAN BOY, POR NEGARSE, SU PROPIETARIO, A ACOMPAÑAR A UNOS PROGRESISTAS A VOTAR LA CANDIDATURA DE SU PARTIDO. ( ENERO DE 1840)

Nuevos incidentes  se registraron en Sant Boi de Llobregat a mediados del siglo XIX. En esta ocasión  los periódicos se  hacían eco de los insultos que recibió el propietario de un café del municipio, seguido de destrozos en su  establecimiento, por negarse a acompañar a un grupo de progresistas a votar   la candidatura de su partido. Ocurrió a finales de enero de 1840. Lo transcribo literalmente.

"Barcelona 23 de enero.
Recomendamos la lectura del siguiente escrito que acaba de pasarnos la principal víctima de los asesinos é incendiarios del Llobregat.

Nueva prueba de la legalidad y tolerancia de los progresistas.

Francisco Coll, que tiene un café en S. Boy fué instado por los progresistas para que fuese con ellos al Hospitalet, con el objeto de votar la candidatura de su partido; mas no queriendo hacer parte con gente llena de vicios y desórdenes se asoció con otras personas mas conformes á sus sentimientos é ideas, para ir al mencionado punto.

Cuando estuvo de nuevo á San Boy de regreso del Hospitalet, los mismos que le habían bruscamente escitado y hasta llegado á amenazar para que fuese á votar con ellos, entraron en grupos desordenados al café de su propiedad, pidiendo con ademan brutal que se les diesen licores. Después de haber apurado todas las botellas, y queriendo furiosamente otras, apagaron las luces, rompiendo los vasos y demás cristales, y llenaron de insultos al dueño del café, Francisco Coll, porque no había querido ir á votar con los mismos. Esos hombres que son el oprobio y la vergüenza de España consumaron en la noche la bacanal que habían empezado al medio dia; pues es de saber que sus amigos políticos les habían pagado una comilona atros.Esos Sres. electores votan porque se les harta. Cuan poca confianza tienen  en sí mismos, y cuan innobles son los progresistas, cuando tienen que valerse de instrumentos tan miserables, y cuando se ven precisados á dar de comer á sus camaradas para que usen de los derechos politicos" (1)


(1) DIARIO CONSTITUCIONAL DE PALMA. Sánado, 1 de febrero de 1840. Núm. 52. Pág. 4

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